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Seguro de coche YCar
Básica Ycar
- Responsabilidad civil suplementaria Cobertura suplementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de 50.000.000 euros.
- Responsabilidad Civil por remolques y caravanas y por los objetos transportados en el vehículo En el caso de turismos de uso particular, se cubre la Responsabilidad civil derivada de los daños producidos a Terceros por remolques y caravanas (en el caso de declararlo en condiciones particulares) y por los objetos transportados en el vehículo asegurado.
- Defensa Jurídica y Reclamación de Daños Garantiza el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado, en cualquier procedimiento judicial o arbitral derivado de accidente de circulación con el vehículo asegurado, hasta el límite fijado en las Condiciones Particulares:
- Defensa Penal. Asistencia, defensa jurídica, fianzas y gastos judiciales.
- Reclamación de daños y perjuicios ocasionados al vehículo asegurado, y los sufridos por el conductor y lo ocupantes del vehículo.
- Reclamación de daños del tomador en calidad de peatón.
- Asistencia en viaje (Km. 0) Servicios y prestaciones para el vehículo y sus ocupantes, con ocasión de accidente, avería o robo, en sus desplazamientos por España y el extranjero.
- Seguro del conductor Garantiza el pago de una indemnización como consecuencia de muerte o invalidez permanente del conductor en accidente de circulación con el vehículo asegurado.
- Se duplica la indemnización en el caso de fallecer en el accidente el conductor y su cónyuge, siempre que tengan hijos comunes y menores de edad.
- Indemnización para adaptar el vehículo.
- Indemnización para adecuar la vivienda.
- Indemnización en caso de precisar ayuda de otra persona.
- Ayuda psico-emocional en caso de grave accidente de tráfico para el conductor o sus familiares en caso de muerte.
- Ayuda psico-emocional al asegurado en caso de robo con intimidación.
- Servicio de asesoramiento para los beneficiarios sobre los trámites administrativos a realizar, en caso de fallecimiento del conductor
Las indemnizaciones se establecen en Condiciones Particulares.
- Acontecimientos extraordinarios (daños personales) Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.
Seguro obligatorio Cobertura de la responsabilidad civil obligatoria. Cubre las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado con los límites legales.
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